"El escándalo del control de las comunicaciones de
periodistas de EE UU pone en riesgo la libertad de información. Los medios
necesitan proteger a las fuentes para destapar abusos del poder. Sistemas de
escucha a los periodistas y leyes mordaza son el sueño de cualquier Estado que
considere una molestia la libertad de información. Por eso cuando la agencia de
noticias estadounidense Associated Press (AP) reveló, hace unos días, que el Gobierno de EE UU había accedido al historial de llamadas
de algunos de sus reporteros, se encendieron todas las alarmas. Los
medios de comunicación y las organizaciones por los derechos civiles lo
condenaron como una intolerable intromisión en la labor de la prensa. A este
lado del Atlántico, Reporteros sin Fronteras (RSF) calificaba las escuchas
también como “una grave violación de la libertad de información” y lamentaba
que actuaciones como la vivida por los periodistas de AP ponen de manifiesto
que el Gobierno de Obama no ha roto “las nefastas prácticas”
llevadas a cabo durante el mandato de George W. Bush, en el que se sacrificaron
la protección de datos y el derecho de los ciudadanos a ser informados,
garantizado por la Primera Enmienda.
El
episodio de AP ha reabierto el siempre intenso debate sobre el control que
pueden ejercer las autoridades sobre los medios bajo el argumento de proteger
la seguridad nacional. “Los periodistas no deberían enfrentarse a problemas
legales simplemente por hacer su trabajo”, aseguró Obama este jueves, durante
su discurso sobre la nueva política antiterrorista de EE UU.
Sin
embargo, desde su llegada a la Casa Blanca, el Departamento de Justicia ha
abierto hasta seis casos contra empleados del Gobierno por filtrar información
clasificada. Ninguno de ellos estaba dirigido específicamente contra
periodistas, pero estos sí se han visto afectados por las investigaciones, al
ser el paso intermedio que facilita que una fuente oficial revele al público
esa información.
Para
el director de AP, la estrategia del Gobierno, que obtuvo la lista de llamadas de una veintena de líneas de
teléfono de la agencia, entre ellas la de las oficinas de
Washington, Nueva York y el Capitolio, es anticonstitucional. “Si restringen el
aparato mediático, los ciudadanos de EE UU solo sabrán lo que el Gobierno
quiere que sepan”, ha defendido Gary Pruitt, presidente de la agencia, en el
programa Face the nation, de la cadena de televisión CBS. “Y eso no es
precisamente lo que los creadores de la Constitución tenían en mente cuando
redactaron la Primera Enmienda”.
Obama
ha abierto seis causas por filtraciones de datos clasificados
“Consideramos
muy grave que la lista de llamadas abarque un periodo de dos meses, donde se
puede encontrar una cantidad de información significativa”, afirma Gabe
Rottman, asesor legal de la organización American Civil Liberties Union. “Y es
también grave que el Departamento de Justicia decidiera retrasar el aviso a AP
hasta después de que se hubiera recopilado esa información, para que la agencia
no pudiera recurrir a un juez e intentar así bloquear la solicitud”.
Los
periodistas de AP no son los únicos investigados. La cadena de televisión Fox
se ha declarado escandalizada al saber que su corresponsal jefe en Washington
fue espiado, en 2010, por publicar datos facilitados por una fuente del
Departamento de Estado. “Fue tratado”, dijo la Fox, “como un conspirador
delincuente simplemente por hacer su trabajo”.
A
la vista de estos casos, la presidenta de la sección española de RSF, Malén
Aznárez, considera preocupante, la frecuencia inédita con la que el Gobierno de
EE UU emprende procesos legales por casos de filtración de información,
apoyándose en la Ley de Espionaje de 1917. Recuerda que, antes de Obama, solo
se usó esta norma en tres ocasiones por asuntos relacionados con la filtración
de información: en 1973 (con los famosos papeles del Pentágono sobre la guerra
de Vietnam), 1985 y 2005.
Es
cierto que EE UU cuenta con las mayores protecciones a la libertad de prensa.
Sin embargo, algunos expertos apuntan a que la legislación que limita hasta
dónde puede llegar el Gobierno para conocer la fuente de una información se ha
quedado obsoleta y que el nuevo contexto mediático exige revisarla. Ahora, el
Departamento de Justicia debe presentar una citación judicial cuando quiera que
un medio o un periodista le facilite una información determinada. “Las dos
partes suelen negociar cuánta información se acaba entregando al Gobierno hasta
llegar a un pacto y si el medio no está de acuerdo, pueden recurrir a un juez”,
explica Rottman. Aunque en el caso de AP no presentó la orden judicial, sino
que avisó a la agencia una vez que ya tenía la información que le hubiera
exigido ante un juez.
Para
Richard Fallon, profesor de Derecho Constitucional de la Universidad de
Harvard, el Tribunal Supremo ha mantenido durante las últimas décadas que la libertad
de expresión afecta por igual a los ciudadanos y a los periodistas, a pesar de
que muchos pensaran que los medios tengan una protección especial. “La mayoría
de las reacciones han acusado al Gobierno de cometer un acto
anticonstitucional, pero no ha hecho nada ilegal”, sostiene Fallon. “La prensa
es especial y el Departamento de Justicia lo reconoce, de ahí que se haya
establecido esa regulación específica que exige avisar por adelantado”, añade
Rottman.
Hasta
2005, la ley de espionaje de 1917 solo se había aplicado tres veces
Gene
Policinski, director del Centro para la Primera Enmienda, considera que este
reconocimiento también obliga al Gobierno a garantizar que solo intentará
acceder a información relativa a las actividades de los medios como último
recurso, que siempre avisará y que los datos que busque deben ser absolutamente
esenciales para el caso que investigan. “Nada de eso se ha cumplido en el caso
de AP”, asegura. “No avisaron, los datos que buscan son exageradamente amplios
y no dieron la oportunidad a la agencia de disputar al Gobierno ante un juez”.
En
Europa el secreto de las comunicaciones es un derecho fundamental, cualquiera
que sea su contenido. Y solo por una resolución judicial se pueden interceptar,
como apunta el profesor de Derecho Administrativo y de Derecho de la
Comunicación de la Universidad de Sevilla Emilio Guichot. Recuerda que el
Tribunal Constitucional viene exigiendo que la intervención de las
comunicaciones se realice “en el marco de la investigación de una infracción
grave, para la que de modo patente sea necesaria y adecuada la adopción de esta
medida respecto de personas presuntamente implicadas”. Pero el juez no puede
actuar arbitrariamente sino que, para decidir pinchar las comunicaciones, debe
justificarlo. Y, además, debe hacerlo “con indicios reales y no por meras
sospechas”, añade Guichot. Solo en situaciones de urgencia, cuando se
investiguen delitos relacionados con bandas armadas o terrorismo puede dar la
orden el Ministerio del Interior o el director de la Seguridad del Estado, y
comunicándolo inmediatamente por escrito motivado al juez competente.
La
ley castiga los pinchazos y el uso de artificios de escucha, transmisión,
grabación o reproducción de sonidos con penas que pueden llegar a los cinco
años de prisión. “Si hacemos la proyección del caso de AP y cuál sería la
respuesta legal en España”, plantea Guichot, “el Código Penal prevé que si la
conducta es llevada a cabo por una autoridad o funcionario público, fuera de
los casos permitidos por la ley, sin mediar causa legal por delito, y
prevaliéndose de su cargo, se prevé además pena de inhabilitación absoluta por
tiempo de 6 a 12 años. En España, pues, hay una protección contundente, basada
en la autorización judicial y con penas graves en caso de infracción”.
Todo
apunta a que en el asunto de las escuchas a AP el objetivo era investigar la
filtración de datos sobre una operación de la CIA que impidió un ataque en
Yemen el año pasado. Rottman asegura que el escándalo está servido siempre que
la prensa se convierta en el objetivo de pesquisas oficiales, pero en esta
ocasión se ha visto agravado por “el alcance —en tiempo y profundidad— de la
intromisión del Gobierno”.
Bajo
la capa de la seguridad nacional, lo que se esconde es lo que Aznárez denomina
una “caza de fuentes”, una actividad que afecta directamente al trabajo de los
periodistas, sobre los que recae la sospecha de atentar contra la seguridad
nacional, cuando lo que han hecho ha sido cumplir con su deber profesional.
“Sin la protección de las fuentes, un pilar básico del periodismo, no se puede
hablar de libertad de información. Y espiar a los periodistas viola todos los
principios democráticos”.
El
nuevo contexto mediático ha dejado obsoletas las normativas
¿Se
podría dar en España un caso similar al de la agencia AP? Las opiniones están
divididas. El profesor de Derecho Constitucional Víctor J. Vázquez sostiene que
es difícilmente imaginable porque la ley es clara: cualquier control de las
comunicaciones exigiría autorización judicial. Pero hay más filtros. “El juez
no es libre a la hora de justificar este tipo de intervenciones, sino que ha de
fundamentar su decisión haciendo referencia a qué bienes jurídicos quiere
proteger a través de esa intervención del secreto de las comunicaciones, y
también por qué esa medida es proporcional para el fin que quiere conseguir”,
dice Vázquez.
Esto
en términos generales. Cuando se trata de pinchar las conversaciones de los
periodistas la situación es aún más grave porque entra en juego el derecho de
la información. “En estos casos”, argumenta Vázquez, “se ha de ser más exigente
con la motivación del juez para considerar que la misma no vulnera el secreto
de las comunicaciones, que es un derecho constitucional”. Por eso sostiene que
intervenciones preventivas y basadas en indicios, como las que ha sufrido la
agencia AP, no tienen cabida en nuestro ordenamiento. “Vulneran la Constitución
si no se llevan a cabo con autorización judicial”, insiste.
El
presidente de la Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología, Manuel Núñez
Encabo, cree que en España se podrían reproducir fácilmente casos como el que
ha afectado a la agencia de noticias estadounidense. Pese a estar prohibida la
interceptación de las comunicaciones, el problema es qué juez podría llegar a
autorizarlo. Cuando entran en juego la libertad de expresión, la seguridad
nacional y el derecho de los ciudadanos a recibir información, pinchar un
teléfono o entrar en un ordenador de un periodista solo debería permitirlo el
Tribunal Constitucional, expone Núñez Encabo. “No puede ser un juez cualquiera,
sino uno que vele por los derechos fundamentales”, asegura. El catedrático de
la Universidad Complutense echa en falta una ley que regule en España el
secreto profesional, reconocido en la Constitución, pero que duerme aletargado.
Los legisladores desarrollaron la cláusula de conciencia pero el secreto
profesional y la relación del periodista con las fuentes está en el limbo.
Pese
a todo, Vázquez subraya que se ha entendido mayoritariamente por la doctrina y
por los propios jueces que es un derecho que ampara al periodista a no revelar
la identidad de sus fuentes. Y puesto que la confianza de los periodistas y sus
fuentes depende de la garantía del anonimato, RSF considera que violar la
confidencialidad de las fuentes periodísticas debe de estar penalizado. “Y como
violación entendemos cualquier intento de tratar de identificar a una fuente,
usar cualquier información sobre ella, o revelar su identidad, especialmente
haciéndola pública”, especifica Aznárez.
Internet
ha contribuido a que cada vez sea más fácil compartir información, y que esta
viaje más rápido por todo el mundo. Pero también ha borrado los límites a la
definición de quién es un periodista, provocando que la definición actual —que
establece quién está protegido por la libertad de prensa y quién no— deba ser
revisada cuanto antes. EE UU ha apostado por investigar, perseguir y encarcelar
a quienes compartan información clasificada con periodistas (por primera vez, a
un exagente de la CIA). Según Policinski, esta actuación se debe a la
percepción de que esas filtraciones son aún más peligrosas en un mundo de
comunicaciones digitales porque se reduce a cero el tiempo que las fuerzas de
seguridad tienen para abandonar una situación de peligro.
Rottman
explica que la protección a la prensa, a pesar de todos los límites, disfruta
de un amplio consenso, pero los medios necesitan de las fuentes anónimas que en
los últimos años han revelado la existencia de interrogatorios con métodos de
tortura en el Ejército estadounidense, las cárceles secretas o el programa de
aviones no tripulados para asesinar a combatientes enemigos. “El área de la
seguridad nacional es donde las fuentes deben mantener sus identidades en
secreto, precisamente para garantizar el trabajo de la prensa en el ámbito
donde el Gobierno tiene más facilidades para actuar en secreto”, asegura.
En
España solo un juez puede ordenar el pinchazo de las comunicaciones
En
otras ocasiones, los medios estadounidenses han accedido a mantener información
en secreto después de que el Gobierno alegara que pondría en peligro la
seguridad nacional. El pasado febrero, cuando salía a la luz un documento del
Departamento de Justicia que legitimaba los ataques con drones (aviones no
tripulados), el diario The New York Times reveló que conocía hacía más de un
año de la existencia de una base secreta en Arabia Saudí. “Si el medio accede a
hacer esto o no es una cuestión de conciencia. Como ciudadanos deberíamos
sentirnos incómodos si un medio no publica todo lo que sabe, pero todos estamos
de acuerdo en que no se ponga en peligro a quienes nos protegen”, dice
Policinski, para quien esa es una decisión que debería depender siempre del
medio de comunicación y nunca del Gobierno.
Ante
esta cooperación, los defensores de las libertades civiles lamentan que la
actuación del Gobierno de Obama pueda dificultar aún más el trabajo de la
prensa. “Si hay fuentes que teman ser descubiertas, ahora van a cooperar
todavía menos”, reconoce Fallon. La esperanza, a partir de ahora, es que salga
adelante una nueva legislación para la protección de los medios, conocida como
ley escudo, y que podría haber evitado una intromisión como la que ha afectado
a los informadores de AP.
Al
margen de cómo los periodistas hayan encajado la intromisión del Estado en su
tarea, es la libertad de información la que ha salido tocada. Porque, como
apunta el profesor Víctor J. Vázquez, el derecho a la libertad de información
puede comprenderse como un derecho de contenido dinámico que protege tanto la
elaboración como la transmisión de la información. “Obviamente, en este caso no
se ha visto afectado el derecho a transmitir libremente información veraz, pero
sí que ha podido verse afectada esa primera fase de elaboración de la
información, donde se presupone que el periodista es también libre de cualquier
injerencia, en este caso estatal”.
Desde
Harvard, Fallon añade que si la legislación está bien redactada, se podría
evitar una investigación como la de AP porque daría a la prensa protecciones
que no le reconoce la Constitución. Aun así, reivindica: “Muchos están
escandalizados por la decisión de la Administración de Obama, pero muy pocos
reclaman que haya hecho algo ilegal”.
Reporteros
sin Fronteras responde que, mientras el presidente de EE UU dice que no cree
que los periodistas deban ser juzgados por el ejercicio de su profesión, parece
que todavía existe una gran contradicción “entre su deseo de impulsar una
legislación federal para proteger las fuentes y esta especie de paranoia
conspirativa que ha llevado a las autoridades federales a espiarlos para
identificar las fuentes”. Como casi siempre: la culpa, del mensajero" .(texto das jornalistas Cristina
F. Pereda e Rosario G. Gómez do
El Pais com a devida vénia)