segunda-feira, junho 28, 2010

Jornalistas da SER absolvidos da acusação de revelação de segredos

Li no El Pais que “los periodistas Daniel Anido, director de la Cadena SER, y Rodolfo Irago, director de informativos de la emisora, han sido absueltos del delito de revelación de secretos del que habían sido acusados por publicar en la página web de la emisora documentos que probaban irregularidades en la afiliación de militantes del PP en Villaviciosa de Odón (Madrid), según una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid conocida esta tarde. En su fallo, con fecha del pasado día 11, la Audiencia anula la sentencia que emitió en diciembre de 2009 el Juzgado de lo Penal número 16 de Madrid , la cual condenaba a los dos periodistas a penas de un año y nueve meses de prisión cada uno y la inhabilitación como periodistas por el mismo periodo. Aquella condena incluía multas de seis meses a 100 euros diarios y una indemnización de 5.000 euros para cada uno de los denunciantes; y se consideraba responsable civil subsidiario a la Cadena SER. La Fiscalía General del Estado recurrió la sentencia , pero no para pedir la absolución, sino penas más reducidas por considerar desproporcionado el castigo. De esta forma, la fiscalía que dirige Cándido Conde-Pumpido solicitaba a la Audiencia que condenara a cinco meses de prisión sustituibles por multas. Sin embargo, la Audiencia Provincial de Madrid establece finalmente que no hubo delito en la información publicada porque la lista de afiliados irregulares publicada en la web de la Cadena SER no puede considerarse parte de ningún archivo ni de un libro de afiliados del PP de Villaviciosa de Odón. La cadena SER informó de la denuncia formulada ante los órganos internos del partido por la entonces presidenta local del PP de Villaviciosa de Odón, Pilar Martínez, afirmando que se habían producido al menos 78 afiliaciones irregulares para alterar el equilibrio de poder dentro de la formación. La emisora tuvo acceso a las cartas dirigidas por Martínez al secretario general del PP en Madrid, Ricardo Romero de Tejada, y a la lista de personas afiliadas supuestamente de una forma irregular. Durante el juicio, celebrado el pasado 19 de octubre, la propia Martínez ratificó la veracidad de la información, difundida el 17 de junio de 2003.
El propio juez que les condenó en diciembre afirmó entonces en su sentencia que "no puede negarse que era un hecho noticiable", y que los periodistas "podían honestamente pensar que, publicando o cediendo para su publicación la lista de los presuntamente afiliados irregularmente, cuya denuncia ciertamente les constaba, informaban a la opinión pública de algo que la misma tenía derecho a conocer". Pero esa sentencia, ahora anulada, condenaba la difusión de esa información veraz en la red con el argumento, entre otros, de que "la protección constitucional al derecho a la información se refiere a los medios de comunicación social -televisión radio o prensa escrita-, pero debe matizarse que Internet no es un medio de comunicación social en sentido estricto, sino universal". La sentencia de la Audiencia Provincial de hoy no entra a valorar esos argumentos porque considera directamente que no hay delito. La condena a los periodistas de la Cadena SER por informar de hechos ciertos había generado preocupación en la profesión periodística y motivó distintos actos de solidaridad con los condenados"

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