Segundo a jornalista Mercedes Serraller do Expansion, "el Ejecutivo no suprimirá esta figura tributaria. Estudia endurecer los mínimos exentos y elevar el tipo marginal con el fin de que las comunidades autónomas lo adapten a sus necesidades recaudatorias.
Cronología del tributo
- En 1978 se introduce en España por primera vez un impuesto que grava el patrimonio. No tenía objetivos recaudatorios y el mínimo exento era muy elevado (4 millones de pesetas). El tipo máximo era del 2%.
- El impuesto es cedido a las comunidades autónomas en los términos establecidos en la Ley Orgánica 8/1980 y refrendado en las normas de financiación posteriores.
- El primer cambio relevante se produjo en 1988, para armonizarlo con las modificaciones en el IRPF.
- Con la Reforma del IRPF de 1991, llegó también la de este impuesto. Se incrementa el mínimo exento a 15 millones de pesetas y aumenta la progresividad (la tarifa sube hasta el 2,5%).
- En 1994, se exonera por útil de trabajo y, en 1997, se extiende el beneficio a sociedades cotizadas. Los activos empresariales quedan prácticamente exentos de este impuesto.
- El Gobierno del PSOE congeló el Impuesto sobre el Patrimonio en 2008, alegando que eran las clases medias las que más lo sufrían y que los verdaderamente ricos no lo pagaban, ya que cuentan con mecanismos de elusión más o menos sofisticados para evitarlo.
- Grecia, Finlandia o Suiza también lo eliminaron.
- El deterioro de las cuentas llevó a la entonces vicepresidenta económica, Elena Salgado, a anunciar en septiembre de 2011 que se reactivaba el tributo de forma retroactiva para el mismo 2011, y también para 2012.
- El PP fue muy crítico con este anuncio, pero se abstuvo de la votación en el Congreso y, lo mantuvo en los Presupuestos de 2012.
- El tributo se recuperó con la misma estructura, y se elevó a 700.000 euros el mínimo exento por contribuyente y aumentó a 300.000 euros el mínimo exento por vivienda habitual. La escala sigue oscilando entre el tipo mínimo del 0,2% y el máximo del 2,5%.
- El Gobierno estudia ahora actualizar el marco y endurecerlo. Se trataría de volver al gravamen anterior, que tenía un mínimo exento de 108.000 euros y de elevar el tipo marginal".
Cronología del tributo
- En 1978 se introduce en España por primera vez un impuesto que grava el patrimonio. No tenía objetivos recaudatorios y el mínimo exento era muy elevado (4 millones de pesetas). El tipo máximo era del 2%.
- El impuesto es cedido a las comunidades autónomas en los términos establecidos en la Ley Orgánica 8/1980 y refrendado en las normas de financiación posteriores.
- El primer cambio relevante se produjo en 1988, para armonizarlo con las modificaciones en el IRPF.
- Con la Reforma del IRPF de 1991, llegó también la de este impuesto. Se incrementa el mínimo exento a 15 millones de pesetas y aumenta la progresividad (la tarifa sube hasta el 2,5%).
- En 1994, se exonera por útil de trabajo y, en 1997, se extiende el beneficio a sociedades cotizadas. Los activos empresariales quedan prácticamente exentos de este impuesto.
- El Gobierno del PSOE congeló el Impuesto sobre el Patrimonio en 2008, alegando que eran las clases medias las que más lo sufrían y que los verdaderamente ricos no lo pagaban, ya que cuentan con mecanismos de elusión más o menos sofisticados para evitarlo.
- Grecia, Finlandia o Suiza también lo eliminaron.
- El deterioro de las cuentas llevó a la entonces vicepresidenta económica, Elena Salgado, a anunciar en septiembre de 2011 que se reactivaba el tributo de forma retroactiva para el mismo 2011, y también para 2012.
- El PP fue muy crítico con este anuncio, pero se abstuvo de la votación en el Congreso y, lo mantuvo en los Presupuestos de 2012.
- El tributo se recuperó con la misma estructura, y se elevó a 700.000 euros el mínimo exento por contribuyente y aumentó a 300.000 euros el mínimo exento por vivienda habitual. La escala sigue oscilando entre el tipo mínimo del 0,2% y el máximo del 2,5%.
- El Gobierno estudia ahora actualizar el marco y endurecerlo. Se trataría de volver al gravamen anterior, que tenía un mínimo exento de 108.000 euros y de elevar el tipo marginal".
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